IRMA SANTANDER /CDP NOTICIAS
A pesar de estar estipulada como una falta en el Bando de Policía y Buen Gobierno, y un delito en el Código Penal de Veracruz, la dirección de Seguridad Pública Municipal en Coatzacoalcos, recibe alrededor de 600 llamadas de bromas al día.
De acuerdo a datos aportados por la dirección de la Policía Municipal, 8 de cada 10 llamadas al 911 son falsas, y a nivel nacional genera 4 millones de pesos en pérdidas diarias.
“El uso de esta llamada genera un costo y afecta el patrimonio por esto es que tiene una pena el jugar con las llamadas. La principal razón es la movilización que se realiza en la atención y traslado cuando se atiende una emergencia”, expresó la corporación.
Agregó que hacer una llamada falsa impide dar atención a situaciones o denuncias reales con la ciudadanía, ya que resulta una pérdida de tiempo para los operadores telefónicos.
Aunado a la movilización de unidades y personas para atender una situación que al final resulta no ser real, quita la oportunidad de que se atienda otra en la que si era necesario.
Todas son recibidas en el 911 y después canalizadas a la policía o autoridad correspondiente para su atención.
En el proceso de atención al momento de recibir una llamada, primero se identifica
la ubicación del enlace telefónico, después el incidente del que se trata y finalmente
es reportado a la corporación que le corresponde la atención.
Se detalló que una llamada de broma
puede ocasionar la pérdida de vidas humanas.
La Policía Municipal destacó que no se puede determinar quien o quienes hacen estas bromas, debido a que antes de corroborar los datos cuelgan o mienten en su respuesta.
¿CUÁL ES EL CASTIGO?
El Bando de Policía y Buen Gobierno en su artículo 114 establece que se considera falta o infracción la acción u omisión que contravenga las disposiciones contenidas en este Bando y los Reglamentos emanados del mismo.
En la Fracción V, solicitar falsamente, por cualquier medio, los servicios del mando único o de la policía que ejerza funciones de Seguridad Pública, Protección Civil, los
bomberos, la Cruz Roja, rescate y primeros auxilios y organismos similares.
En el Artículo 115. Las Sanciones aplicables a las faltas administrativas cometidas individualmente o en grupo, Según su naturaleza y gravedad:
I. Amonestación.
II. Multa.
III. Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas.
VII. Trabajo comunitario.
El Artículo 117. Las sanciones descritas, en ningún momento relevan al o a los
infractores o a sus representantes legales según el caso, de la responsabilidad civil,
penal o de cualquier otra índole que les resulte.
DE TRES A 10 AÑOS DE PRISIÓN
El Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz en el artículo 173 bis: A quien con el propósito de obtener un lucro para sí o para otro, a través de una llamada telefónica o por cualquier medio electrónico, pretenda engañar a una persona haciéndole creer que le va a causar o le está causando un daño a un tercero, se le aplicarán de tres a diez años de prisión y multa de quinientos
a mil días de salario.
Igual penalidad se aplicará si quien realiza la llamada o envía el mensaje electrónico pretende hacer creer al receptor que le causará un daño o que se ha privado de la libertad a una persona. Este delito se perseguirá de oficio.
CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN
La Policía Municipal cuenta con programas y campañas que promueve el Gobierno Estatal con el uso de la línea 911 y que a través de los directores del Centro Estatal de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo (C4) son compartidas a los Gobiernos
Municipales.
Sin embargo, desde el 28 de diciembre de 2022, se difundió un video que
busca concientizar a la ciudadanía a no realizar este tipo de llamadas que evitan que se atiendan emergencias reales.


